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¿Qué es la visa VAWA?

Peticiones VAWA en Houston

Si usted o un pariente cercano ha sido abusado, le conviene saber qué es la visa VAWA. Las víctimas de abusos en Estados Unidos, tienen derecho a presentar una solicitud de visa de inmigrante con arreglo a la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

La Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA en inglés), fue aprobada por el Congreso de EE.UU en 1994. Al ser reformada la Ley de Inmigración (INA), se añadió un nuevo apéndice para proteger a extranjeros víctimas de maltrato.

Aquellas personas que son abusadas por sus propios parientes cercanos, pueden por esta vía obtener un estatus legal. Así, la relación de dependencia con el agresor (ciudadano o residente permanente) que motiva el abuso, puede cesar.

¿Qué es la visa y el programa VAWA?

Sigue preguntándose ¿qué es la visa VAWA? Pues sencillamente una visa por violencia doméstica, que protege a las mujeres, a sus hijos y a los padres. Al mismo tiempo, este programa sanciona a las parejas abusivas y busca un cambio de actitud en el hogar.

La protección que brinda VAWA a las mujeres se expresa de la siguiente manera:

  • Establece responsabilidades a las parejas abusadoras por el crimen que cometen.
  • Las víctimas quedan exentas de pagar por exámenes de abusos o por servicios de orden de protección.
  • Asegura a las víctimas tranquilidad, al requerir que sean reconocidas y se cumpla cabalmente la orden de protección en todo el país.
  • Aumenta las tasas de casos procesados y sentenciados.
  • Aumenta el grado de conciencia sobre la violencia doméstica entre las autoridades (policías, fiscales y jueces).

¿Cómo ayuda VAWA a las víctimas de violencia doméstica?

Las leyes penales y civiles de Estados Unidos reconocen derechos a las personas sin importar su estatus migratorio. En tal sentido, VAWA aumenta el grado de protección a las víctimas de violencia doméstica al garantizar:

  • Protección legal para la mujer y sus hijos.
  • Derecho a pedir el divorcio y separarse sin necesidad de obtener el consentimiento del cónyuge.
  • Derecho de compartir los bienes conyugales.
  • Derecho a solicitar y recibir apoyo financiero y pedir la custodia de los hijos.

¿Cuánto tarda el proceso de la visa VAWA?

Actualmente, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU (USCIS) están demorando más en el procesamiento de estos casos. Procesar una solicitud de VAWA ahora puede demorar entre 16 y 21 meses en promedio. Además, las tarifas de solicitud fueron también aumentadas.

Elegibilidad para solicitar VAWA

La Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA) permite realizar ciertas peticiones de inmigración a título personal. Es decir, sin necesidad de notificación o aprobación por parte del cónyuge o pariente abusador.

La elegibilidad para solicitar VAWA, incluye a hombres y mujeres:

  • Cónyuge. Si ha sido abusado personalmente por un ciudadano o residente permanente o también su hijo. Incluye a niños y jóvenes solteros menores de 21 años.
  • Padres. La ley también protege a padres de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes abusados por sus hijos.
  • Niño: Los menores de 21 años solteros pueden presentar una petición de VAWA por sí mismos en caso de abuso doméstico.

Requisitos de elegibilidad para cónyuges

Las esposas y los esposos actuales o anteriores de un ciudadano de EE.UU o un residente permanente, pueden pedir VAWA. Para ello deben cumplir los siguientes condiciones:

Estar casado(a) actualmente con un ciudadano o con un residente permanente abusador.
Divorciada / viuda, el matrimonio debe haber terminado por muerte del cónyuge abusador o divorcio, dentro de los 2 últimos años. El motivo del divorcio debe haber sido el presunto abuso.
Personas engañadas por ciudadanos o residentes permanentes abusivos que le hicieron creer que estaba casado (a) legalmente. Aunque en realidad se trataba de un matrimonio ilegal debido a la bigamia del cónyuge abusivo.

Aun cuando el esposo abusivo pierda su ciudadanía o residencia permanente por un cargo o condena de violencia doméstica, la esposa abusada puede presentar una petición de VAWA. Tan solo necesita hacer la solicitud dentro de los 2 años siguientes a la repatriación del esposo abusador.

Los criterios de elegibilidad USCIS para calificar una relación matrimonial son:

  • Tener o haber tenido una relación matrimonial legal y no fraudulenta con el fin de obtener los beneficios de inmigración.
  • Haber vivido con el esposo (a).
  • Presentar evidencia confiable de tratos crueles o abusos contra un hijo o hija. Esto se puede demostrar mediante fotografías, testimonios de testigos, reportes policiales, etc.
  • Ser una persona de buen carácter moral (tener antecedentes penales limpios).

Requisitos de elegibilidad para niños

Si bien la madre puede solicitar VAWA a nombre del niño o joven, algunas veces esto no es posible. Por esa razón, la ley permite también que los niños y jóvenes puedan hacer una petición por sí mismos.

Para calificar la ley establece algunos requisitos. Veamos:

  • Ser hijo de un ciudadano o residente permanente de Estados Unidos. Incluye también a personas repatriadas debido a un cargo o condena por violencia doméstica.
  • Haber sufrido crueldad extrema o abuso por parte del padre o la madre.
  • Vivir o haber vivido con el padre / madre abusivo(a).
  • Poseer buen carácter moral.
  • Para los menores de 13 años, la ley presume su buen carácter moral. Mientras que para los jóvenes entre 14 y 21 años, es necesario que posean antecedentes criminales limpios.

Las peticiones de un niño (a) son a título personal, no incluye a sus hermanos (as). Sin embargo, puede incluir a sus descendientes pero no debe estar casado.

Requisitos de elegibilidad para madres y padres

Los requisitos de elegibilidad son los mismos que para un niño hijo de un ciudadano o residente permanente abusador. Para ambos casos, el solicitante debe demostrar que ha sido sometido a tratos crueles o maltratos extremos por su hijo.

Del mismo modo, debe haber vivido bajo el mismo techo del abusador y tener buen carácter moral. También debe demostrar que:

  • El hijo (a) abusivo(a) es actualmente ciudadano o residente permanente y tiene 21 años o más.
  • El hijo (a) abusivo(a) tenía 21 años o más cuando falleció y su muerte fue hace menos de 20 años.
  • El hijo (a) abusivo(a) perdió o renunció a su ciudadanía como consecuencia de un cargo o condena por violencia doméstica.

Los requisitos para este tipo de trámites migratorios, suelen variar según las circunstancias del caso. Además de proteger a padres y niños, VAWA también puede funcionar hijos o cónyuges de Ajuste Cubano, HRIFA y NACARA.

¿Cómo presentar una petición de VAWA?

El proceso de presentación de una solicitud de VAWA es en realidad bastante sencillo:

  • Completar el formulario I-360, Solicitud de un Amerasian, Viudo o viuda, o Inmigrante Especial.
  • Presentar evidencia de apoyo para acompañar la petición. Por ejemplo, reportes policiales, fotografías del abuso, certificado de matrimonio, acta de defunción, certificado de antecedentes penales, etc.)
  • Enviar la solicitud de VAWA al Centro de Servicio de Vermont.

Por lo general, las solicitudes de VAWA son presentadas por personas que residen en los Estados Unidos. No obstante, algunas veces el solicitante podría estar viviendo en el extranjero. USCIS solo acepta este tipo de solicitudes cuando el abusador es un funcionario del gobierno de los EE.UU. Esto incluye a miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos.

Algunas veces, la agencia considera peticiones de extranjeros que viven fuera de EE.UU. Siempre y cuando el delito de violencia doméstica se haya cometido durante una visita a EE.UU.

Solicitar la Green Card por VAWA

El programa de víctimas de violencia doméstica VAWA, ayuda a ciertas víctimas de violencia doméstica en procesos los procesos migratorios. A través de VAWA es posible solicitar la Residencia permanente legal (Green Card). Y luego, puede obtener la ciudadanía estadounidense por naturalización.

A continuación explicamos las condiciones de aplicación para solicitar este beneficio migratorio:

  • Tener un matrimonio legal con un ciudadano de los EE.UU o un residente permanente. Si convive con la pareja abusadora o está casada con un no residente, no aplica para Green Card por VAWA. Pero podría explorar otras opciones como la Visa U.
  • Presentar evidencia de abuso (físico, emocional e inclusive financiero). Amenazar con quitarle los hijos o llamar a los agentes de inmigración de ICE, se considera un abuso. La infidelidad no es considerada un abuso.
  • La víctima también podría ser un hombre (cónyuge). A pesar de que la ley está enfocada básicamente a proteger a las mujeres de abusos, algunas veces las víctimas son hombres. Hay muchos casos de abuso psicológico y de tipo financiero en contra de maridos.
  • Residencia permanente condicional por dos años. Las víctimas con este estatus migratorio, no necesitan esperar a que se cumpla ese plazo para levantar esa condicionalidad.
  • Divorciarse. Es aconsejable antes de tomar este paso, asesorarse primero con un abogado de inmigración. La ley establece que las víctimas pueden divorciarse y solicitar la Green Card sin el consentimiento del cónyuge. Tampoco está obligada a seguir viviendo con el esposo abusador.
  • Convivir en la misma casa con el esposo(a) abusador(a). Aunque no es un requisito para solicitar la Green Card por VAWA, hay que pensar muy bien en los riesgos. Si su vida corre peligro, es lógico que decida abandonar a su pareja. De la misma manera que si la persona es abusada y sigue conviviendo con ella, puede generar dudas. Sin embargo, hay mujeres que lo hacen por los hijos a pesar de ser maltratadas.

¿Qué ocurre con los matrimonios LGBT?

Los casos de VAWA en matrimonios entre parejas del mismo sexo, son similares a los matrimonios de hombre y mujer. Las víctimas de violencia doméstica LGBT (lesbianas, gays, bisexuales o transexuales), gozan de los mismos derechos de protección.

Deben sí tener buen carácter moral y no haber entrado a los Estados Unidos ilegalmente. Sin embargo, podrían haber excepciones en estos casos para lo cual es importante consultar a su abogado de inmigración

Contacto: 📞 713-923-1331 📍 3734 Gulf St Houston, Texas 77017

Fuente: lluislaw

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